Artículo 24.- Funciones de la Junta Directiva
a) Del Comité Ejecutivo de la Junta Directiva
- Mantener informado al Pleno de la Junta Directiva y a la Dirección del Comité Científico del desarrollo de su función, remitiendo las actas de sus reuniones
- Convocar becas, estipulando sus bases, y dándoles difusión por los medios de que dispone la Asociación; así como resolver su concesión. Su dotación económica, bases y proyecto a desarrollar se darán a conocer por los medios de difusión de la Asociación en el primer trimestre del año.
- Convocar y resolver las vacantes que se produzcan en el Comité Científico. . […]
b) Del Pleno de la Junta Directiva
- Deliberar, decidir o ratificar todos aquellos asuntos que el Comité Ejecutivo resuelva incluir en el orden del día del Pleno de la Junta
- Durante el Pleno todos los miembros ostentan el derecho de voz y voto.
- Los miembros de la Junta Directiva que no pertenecen al Comité Ejecutivo podrán proponer a la Presidencia, temas de su interés o generales que consideren deban ser incluidos en el Orden del día del Pleno de la Junta Directiva, Comité Ejecutivo, y Asamblea General.